«Política de cookies», la obligación de los sitios web

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Política de Cookies

 

Es probable que últimamente hayas notado que en cada página web en la que se entra hay una ventana de información llamada “Política de cookies”. Es una obligación que tienen, desde abril de 2012 que entró en vigor la Ley, los sitios web que hagan uso de ellas.

¿Qué son las cookies?

Una cookie es un archivo que un sitio web descarga en el ordenador o cualquier dispositivo con el que el usuario accede a Internet para que los responsables de su instalación puedan recopilar datos sobre la navegación del usuario y el comportamiento de este en la Red. Con este archivo almacenan información que utilizan más tarde a su favor.

Según el fin para el que vaya a emplearse esa información recogida, hay diferentes tipos de cookies:

Las más extendidas quizá son las cookies de análisis. Estas recogen datos de la navegación del usuario por el sitio web para hacer posteriormente estadísticas con las que se puedan conocer el comportamiento del público.

Pero también existen otras que parecen “más simples” y útiles para el usuario: las cookies técnicas y las cookies de personalización. Las primeras permiten la identificación y autenticación del usuario para poder iniciar sesión o navegar por un sitio web, como ocurre con las redes sociales, por ejemplo, o para hacer un pedido en un portal web. Y las segundas, permiten navegar de forma personalizada mediante selecciones anteriormente hechas, como el idioma o la región desde la que se accede.

Y en el caso de la publicidad, se diferencian las cookies con las que se conocen datos sobre los anuncios colocados en una página web, y las cookies que recogen información del comportamiento de un usuario frente a estos para personalizarlos y hacerlos más efectivos.

 

¿De qué se trata la Ley de Cookies?

Esta ley se incluye en el Artículo 22 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), denominado Derechos de los destinatarios de servicios. Esta establece lo siguiente:

Los prestadores de servicios podrán utilizar dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos en equipos terminales de los destinatarios, a condición de que los mismos hayan dado su consentimiento después de que se les haya facilitado información clara y completa sobre su utilización, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos, con arreglo a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Por lo tanto, lo que obliga esta normativa es que el sitio web debe informar al usuario sobre la utilización de las cookies (qué tipo de cookies emplean y con qué fin), de manera clara y completa, para que el usuario sepa la finalidad de estas y, en consecuencia, consentir el uso o no de las cookies. Sin consentimiento no pueden ser utilizadas.

Es por ello que la información que se facilite en la ventana de “Política de cookies” de la que se hablaba al comienzo tiene que ser dada teniendo en cuenta el usuario medio que accede al sitio web y utilizando el lenguaje adecuado, además de que esta ventana sea visible. Por otro lado, para que el consentimiento sea considerado como válido, el usuario debe dar el sí mediante fórmulas como “acepto” o “consiento”.

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